Bienes privativos
Bienes que pertenecen individualmente a uno de los cónyuges dentro del régimen de gananciales conforme a las reglas legales.
Qué conviene tener en cuenta
El momento y el origen de la adquisición importan. También pueden existir derechos de reintegro por fondos aportados de un patrimonio a otro.
Para preparar tu consulta
Escrituras, documentos de herencia o donación y justificantes del origen del dinero.
Fuente normativa
Código Civil, artículo 1346 · BOE (abre otra pestaña)
Contenido relacionado
Consultar el servicio relacionado
Todos los términos del diccionario
Información general. Su aplicación depende de las circunstancias y de la normativa que corresponda a cada caso.